A partir del 1 de enero del 2021, algunos contribuyentes estarán obligados a llevar los PLE – Libros electrónicos de Compras y Ventas.
Para poder determinar si estamos comprendidos en este nuevo grupo a partir del 2021, debemos realizar una comparación de nuestros ingresos del periodo comprendido entre Mayo del año precedente al anterior y Abril del año anterior (tener en cuenta las sustitutorias y rectificatorias) con 75 UIT’s correspondiente al año precedente al anterior.
Se considerarán los montos declarados en las casillas 100, 105, 106, 109, 112 y 160 del PDT 621 y/o la casilla 100 del FV 621 – Simplificado IGV – Renta Mensual o del FV 621 Renta mensual nueva versión a partir de enero del 2016.
Se toman en cuenta las rectificaciones que hayan surtido efecto al 31 de mayo del año anterior al del inicio de la obligación.
Si deseas verificar si estás obligado y determinar si tus ingresos superan el tope, puedas descargar la plantilla en excel que te ayudará con la determinación.
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